CAME apeló el fallo judicial sobre el tarifazo de gas

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) presentó el pasado viernes una apelación al rechazo de incluir al sector PyMEs en la medida que revirtió el tarifazo de gas para los usuarios domiciliarios.

Según el cuadro tarifario que implentó el ministerio de Energía de la Nación, y que incluso fue expresado por su titular, el aumento para las pequeñas y medianas empresas ronda el 500 por ciento.

En consecuencia, la CAME que es la única entidad gremial empresaria que representa y defiende los intereses de las PyMEs en forma federal, emitió el siguiente comunicado:

CAME APELÓ EL FALLO DEL JUEZ PAPAVERO SOBRE TARIFAS

En el día de la fecha, la CAME ha interpuesto recurso de apelación contra la Resolución del Dr. Oscar Alberto Papavero, juez a cargo del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 1 de San Martín, por la que dispuso rechazar la acción de amparo deducida por CAME contra las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y ENERGAS que aumentaron el servicio público de gas.

La CAME, ejerciendo la representación que le otorgan sus estatutos sociales y las entidades adheridas, se ha agraviado ante la Cámara de Apelaciones de San Martín con los siguientes fundamentos:

1- Su estatuto social le otorga las facultades necesarias para iniciar acciones de amparo en representación de las Pequeñas y Medianas Empresas del Comercio, la Industria, la Producción y el Turismo.

2- Que siendo las Pymes la clase que CAME representa, este tipo de empresas se encuentra delimitada por las leyes 24.467, 25.300 y 27.264 y sus decretos reglamentarios, que establecen el acotado marco respecto del cual se ha solicitado la acción de amparo. En consecuencia, resulta absurdo el fallo del Juez por el que considera que estaríamos frente a un “universo de ignotos confines dentro del cual estarían comprendidas un sinnúmero de micro, pequeñas y medianas empresas del Comercio, la Industria, el Turismo y la Producción”.

3- Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se expidió respecto a la legalidad manifiesta de los aumentos tarifarios dispuestos por las resoluciones ministeriales cuestionadas, por lo que la Justicia debe tener en consideración tal antecedente del máximo tribunal para hacer extensiva esta nulidad a los usuarios Pymes.

Buenos Aires, 8 de septiembre de 2016